En este artículo quiero compartir tres ideas: Primera, que es urgente que el Gobierno comunique de modo amplio cuál es su visión estratégica en lo social, pues de esta dependen la coherencia y coordinación de sus políticas. Segunda, que si de avanzar se trata, la tarea adelante es la construcción de un Sistema de Protección Social, integral, universal, que proteja a la población de diversos riesgos (siendo la pobreza sólo uno de ellos) a lo largo de su ciclo de vida. Tercera y final, que si no se construye y comunica pronto una visión, se arriesga la incoherencia y el retroceso.   

La importancia de que el gobierno transmita una visión estratégica de lo social

El diseño de políticas sociales no es tarea simple. Además de “bien diseñadas” y “bien implementadas” en sí mismas, es necesario que las buenas políticas públicas sean coherentes y coordinadas entre sí. Por “coherencia en políticas sociales” –el primer paso y el pre-requisito para la coordinación - entendemos que el conjunto de las políticas sectoriales debe apuntar a generar resultados e impactos convergentes.

Esta coherencia no puede lograrse en ausencia de una visión estratégica al más alto nivel de lo social, pues de esta depende, críticamente, la alineación sectorial.

Por eso, más allá del mensaje de “optimización” del gobierno, y más allá de su foco en aquello que es instrumental, es clave comunicar cuál es la visión de desarrollo social para la actual gestión. El presidente habla de una “revolución social” en el Perú. ¿En qué consiste su “revolución social”? ¿Qué la define? ¿Cómo se hará esta revolución? En la traducción de esta, su visión, los varios sectores de gobierno deben poder verse reflejados, de modo de lograr la alineación y las sinergias que la buena política social precisa.

¿Quo Vadis? ¿Más programas sociales o un sistema de protección social?

Quisiera presentar el argumento de que, para avanzar en el camino pendiente, es preciso que la actual gestión de gobierno trascienda una intuición extendida y prevalente, que equipara la política social a programas sociales focalizados o temporales y que, de verdad, no nos sirve para avanzar. De hecho, es necesario, remontar esa percepción tan difundida de “política social” = “inclusión social” = “programas sociales” = Cuna Más + Juntos + Beca 18 + Qali Warma + Agua Más etc. etc. etc. Es necesario, de una vez, pasar del foco en los “programas sociales” al foco en la construcción nacional de un “sistema de protección social” (que, de paso, no es sólo salud + pensiones)

¿Cuál es la diferencia entre “programas sociales” y “sistema de protección social”? Es realmente la del mundo. Es algo como la diferencia entre una canción y un concierto, o entre un hilo y un tejido.

En castellano simple, un sistema de protección social es el conjunto de programas y políticas que protegen a la población de los diferentes riesgos en diferentes etapas de la vida –el riesgo de pobreza, el riesgo de enfermedad y vejez, el riesgo de desempleo, el riesgo social–. Estos riesgos pueden aquejar a un individuo (por ejemplo el desempleo o la enfermedad), o a comunidades enteras (por ejemplo los huaicos recientes). Como sea, un sistema de protección social es como la red invisible que atrapa al ciudadano, para que no siga cayendo, para prevenir, para amortiguar y protegerle y también para promoverle, como un asunto de derecho.

Este sistema de protección social es un conjunto de programas, claro. Pero es mucho más…: Es instrumentos comunes, es protocolos de atención coordinada, es capacidad de las agencias de construcción de redes y de trabajo integrado, para poner al ciudadano individual al centro de la acción de la oferta pública. Existen ya ejemplos de sistemas de protección social de los que aprender. Pero, para empezar esta tarea de construcción de este sistema, se requiere de una visión que transmita el sentido de la ruta adelante, se requiere del discurso político que ordene un accionar, se requiere de mandatos claros.

(Y ojo: esto, además, tendría una gran ventaja para el gobierno: le permitiría tener un discurso propio, novedoso y articulador, de progreso en lo social. Algo que hoy aún no se transmite).

El carecer de una visión nos pasa la factura: el ejemplo de la aprobación del DL 1346 sobre Seguro Integral de Salud (SIS) Subsidiado

El exministro de Salud Aníbal Velásquez, quien escribe, y diversos expertos en salud han argumentado que este DL 1346 es vago e impreciso respecto a la continuación del derecho al SIS subsidiado de los siguientes grupos poblacionales:

(i) la población en riesgo social (personas en situación de calle, niños y jóvenes en albergues etc.),

(ii) las madres gestantes y la primera infancia sin otra cobertura de salud,

(iii) los niños que hoy cuentan con Seguro Escolar. Estos grupos poblacionales (i)+(ii)+(iii) estaban asegurados por el SIS Subsidiado, además de la población con clasificación socioeconómica de pobre.

Se aprueba este DL 1346, además, en medio de una vorágine de mensajes confusos del sector. En una entrevista en el diario Gestión la ministra de Salud, Patricia García, informa que “2 a 5 millones de personas que “no deberían estar” en el SIS como una de las razones detrás del DL 1346”. Pero luego se nos habla de aseguramiento universal y de que nadie perderá cobertura. ¿Dónde quedamos?

Un poco en la luna, la verdad. De hecho, toca adivinar la razón del DL1346, porque comunicación clara es justo lo que no hubo.

¿Son los “filtrados” la razón detrás DL 1346? Las “filtraciones” o los “colados” del SIS, tan bien ilustrados, por ejemplo, con la noticia de la afiliación al SIS Subsidiado de la señorita Yahaira Plasencia no requieren de un DL para resolverse. Gestión Pública Social 101: La administración de un padrón de beneficiarios es una tarea rutinaria de la gestión. El Ejecutivo no necesita un DL (¡faltaba más!) para hacer su tarea de depurar un Padrón del SIS (ni tampoco para salir a afiliar a quienes tiene pendientes de cubrir, de paso).  

Entonces, si el problema de “los filtrados” del SIS no requiere de un DL para atenderse, ¿cuál es la razón de ser del DL 1346?

Ante la poca claridad sobre su objeto real, es natural que exista la cautela de que este DL ponga en cuestión, afecte o recorte de alguna manera el derecho al SIS subsidiado de las poblaciones (i)+(ii)+(iii).

El jefe del SIS, Edmundo Beteta, ha dicho que no se afectaran derechos, y ha recordado que el aseguramiento universal es una política de Estado y queremos creer que esa es la visión. Pero ojo: sus declaraciones no son suficientes. El aseguramiento universal en salud es tan, tan esencial a la concepción de un sistema de protección social en el Perú; que la respuesta clara a la pregunta de quien es sujeto del derecho al SIS subsidiado debió venir del MINSA y de los responsables de la construcción de un sistema de protección social, sin vacilación ni confusión.

En concreto, las respuestas a las siguientes preguntas:

(1) Además de los clasificados como pobres, el DL dice que los “vulnerables” tendrán derecho al SIS. ¿Quién es “vulnerable” para efectos del SIS?

(2) ¿Qué pasa con la población en riesgo social?, ¿mantendrán el derecho al SIS Subsidiado?

(3) ¿Qué pasa con las madres gestantes y puérperas, y los niños en primera infancia sin seguro médico, y que accedían al SIS subsidiado ¿Seguirán teniendo ese derecho?

(4) ¿Los niños de Qali Warma, seguirán teniendo el derecho al Seguro de Salud Escolar (SIS Subsidiado)?

no sólo atañen al MINSA, sino que afectan las metas de políticas del MIDIS y del MIMP, y afectan la concepción de un sistema de protección social.

¿Como así? Imaginemos, por ejemplo, que un objetivo importante de una próxima Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social del MIDIS sea (como debería ser) el Desarrollo Integral de la Primera Infancia y la Infancia en el Perú. La ausencia de una garantía al derecho a la salud de la gestante y el niño sin aseguramiento, comprometería severamente este objetivo, incluso si Cuna Más se multiplicase en cobertura: El derecho a la salud es un derecho impostergable en la primera infancia, etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano.

O pensemos en un MIMP, cuya misión, verbatim, es precisamente “garantizar los derechos, con visión intersectorial, de las poblaciones vulnerables, consideradas por el MIMP como personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos”. Así definida su población, si el DL 1346 afectase el derecho actual de su población de referencia, al MIMP le atañe directamente, y su tarea es evitarla.

Fue un logro, entre otros, de la reforma de salud de 2013, llevar el nivel de aseguramiento de la población en el Perú a más del 70%. Es un logro que más del 80% de los pobres extremos están cubiertos por el SIS. Más aun: se estima que del padrón de afiliados al SIS actual, son “filtrados” aproximadamente un 20%, es decir, un numero bastante por debajo –de hecho menos de la mitad— que la filtración media en programas sociales en América Latina.

Este ejemplo quiere ilustrar lo siguiente: Un DL como el 1346, que se aprueba aún cuando adolece de “imprecisión en la visión” respecto de un tema medular, y que no comunica con claridad un tema de derechos, representa un problema: el gobierno corre el riesgo de mellar la coherencia de su propia política social. Clarificar una visión compartida es un tema tan crítico, que vale la pena recordar su importancia, e intentar avanzar en lo que, de aquí en adelante debería ser un pilar de nuestras políticas públicas: la construcción de un sistema de protección social.


Datos:

DL 1164 del 7 de Diciembre de 2013: DL que establece disposiciones para la extensión de la cobertura poblacional del SIS en materia de afiliación al régimen de financiamiento subsidiado.

DS 305-2014: Inclusión de madres gestantes y primera infancia en el SIS .

Ley 30061: SIS para los alumnos usuarios de Qali Warma .